publicidad

La justicia anula la contratación del servicio de ayuda a domicilio con un coste anual de seis millones

 La sentencia se produce a instancias de la antigua adjudicataria, Syasbro, acusada de irregularidades en su gestión y descalificada por problemas de solvencia  Syasbro mantiene numerosas acciones en tribunales contra Barakaldo  La empresa forma parte de un grupo corporativo que ha conseguido contrataciones municipales por millones de euros durante décadas 
El juzgado de lo contencioso administrativo de Bilbao ha acordado anular la adjudicación del servicio municipal de ayuda domiciliaria, que fue concedido por el Ayuntamiento de Barakaldo a la empresa Servisar en diciembre de 2009 por 5,9 millones de euros al año. La sentencia se produce tras la interposición de un recurso por parte de la anterior adjudicataria, la polémica Syasbro, que estaba acusada de irregularidades y que, tras cuatro años de actividad, fue descalificada del proceso por "carecer de solvencia económica o financiera y técnica o profesional necesaria para su admisión". El fallo judicial, que puede ser recurrido, rechaza la descalificación y ordena al consistorio retrotraer el procedimiento al momento de valoración de las ofertas presentadas, de tal modo que evalúe la propuesta de la controvertida Syasdo, empresa que, si no puede asumir ahora el servicio, tendrá que ser compensada económicamente con el 6% de beneficio industrial si, tras la evaluación, se determina que era la oferta que tenía que haber sido aceptada.

Archivo |
> 20/11/2009. Alcaldía adjudica en 6 millones al año la Ayuda a Domicilio tras descalificar a tres empresas y renunciar una cuarta
> 23/02/2012. Siete empresas aspiran a prestar el servicio de ayuda a domicilio cuyo contrato venció el 1 de enero



Resolución de la junta de gobierno local
Dación de cuenta de la Sentencia nº 263/2012 de 17 de septiembre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Bilbao, en el Procedimiento Ordinario 1835/2009, seguido a instancia de la ASOCIACIÓN SYASBRO.- Se da cuenta a la Junta de Gobierno Local de la Sentencia nº 263/2012, de fecha 17 de Septiembre de 2012, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Bilbao, en el Procedimiento Ordinario nº 1835/2009, seguido a instancias de ASOCIACIÓN SYASBRO, contra “la desestimación presunta del recurso especial en materia de contratación del 1-12-2009, frente al Decreto de Alcaldía 9519/09, de 18 de noviembre, que resuelve adjudicar provisionalmente el contrato administrativo especial cuyo objeto es la prestación del “Servi-cio de Ayuda a Domicilio en el Municipio de Barakaldo” a la empresa Servisar Servicios Sociales, S.L. y contra el Decreto de Alcaldía 10642/09, de 18 de diciembre”. El fallo es del tenor literal siguiente:

“FALLO:
Que debo estimar y estimo parcialmente el recurso interpuesto por la ASOCIACIÓN SYASBRO, representada por el Procurador de los Tribunales D. José Manuel López Martínez, ordenando reponer las actuaciones al momento previo a la exclusión de la demandante continuándose para la citada entidad el procedimiento administrativo licitatorio, debiendo valorar su oferta los órganos competentes de la Administración demandada y para el caso de que finalizado el procedimiento administrativo, del resultado de la valoración efectuada por la Administración, se desprenda que la entidad actora hubiera debido resultar adjudicataria del contrato, caso de no ser posible la ejecución del contrato por la misma, se proceda por parte del Ayuntamiento a abonar a la misma el 6% del beneficio industrial calculado so-bre el precio por ella ofertado. Con desestimación del resto de pretensiones. Sin hacer expresa condena en costas”.

Lo que se comunica a la Junta de Gobierno Local a los efectos oportunos, indicando que esta resolución no es firme y contra la misma se va a interponer recurso de apelación.

De cuanto antecede, la Junta de Gobierno Local QUEDÓ ENTERADA.