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Condenan a los bancos a devolver 1,8 millones a los excompradores de los pisos Miralsur

Viviendas en construcción en los antiguos suelos de Sefanitro
Por un caso idéntico en la misma zona de Sefanitro, La Caixa ha tenido que pagar 1.041.000 euros  (625.000 por cantidades anticipadas y 416.000 de intereses) El caso de la cooperativa Miraloeste va a juicio este 21 de diciembre
El juzgado de primera instancia número 21 de Madrid ha condenado a las entidades financieras a devolver 1,8 millones de euros, más intereses legales y costas, a 76 excompradores de la hasta ahora frustrada promoción de vivienda de protección oficial Miralsur, en el barrio de Lutxana, en Barakaldo. Según ha informado la defensa de los ciudadanos, el despacho Majavilán, la justicia ha reiterado su criterio de que, ante el incumplimiento del plazo para que se construyeran los pisos, la entidad financiera debe reintegrar las cantidades —alrededor de 30.000 euros por persona– que se adelantaron a esta promoción en forma de cooperativa. La responsabilidad en este caso recae sobre el Banco Popular —La Caixa ha llegad a un acuerdo extrajudicial— porque, en contra de lo que ordena la ley, no exigió que el dinero anticipado se depositara en una cuenta especial y que existiera un seguro o garantía para el caso de que no se llegara a edificar en el periodo comprometido, de tres años que venció en 2011. "Porque (la entidad de crédito) supo o tuvo que saber que los compradores estaban ingresando cantidades a cuenta del precio de las viviendas de la promoción, tenía la obligación legal de abrir una cuenta especial y separada, debidamente garantizada, y por no haberlo hecho incurrió en la responsabilidad específica que establece la Ley 57/1968" sobre percibo de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas, recuerda la sentencia.

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> 23/05/2016. La justicia obliga a La Caixa a devolver 625.000 euros a las familias que compraron en MiralEste



"No debe pesar sobre el comprador que ha entregado cantidades a cuenta la actuación gravemente negligente o dolosa del promotor que deja de requerir los certificados o avales individuales y, por tanto, las entidades bancarias o aseguradoras son responsables de las cantidades aportadas a cuenta de una futura vivienda", indica la jueza de este caso.