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Un vecino recibe 4.700 euros de indemnización tras accidentarse por una varillas doblada en la acera

Una varilla doblada que sobresalía a nivel de suelo ha supuesto para un vecino heridas que han tenido por las que ha sido indemnizado con 4.737 euros. El Ayuntamiento de Barakaldo ha reconocido la responsabilidad patrimonial en este nuevo accidente, sucedido en esta ocasión en la calle Alberdi, en el barrio de Llano. La presencia del obstáculo en la acera fue certificada tanto por los testigos del perjudicado como por la propia Policía Municipal y el servicio municipal de Vialidad, ante lo que los responsables locales no han tenido más opción que compensar a la víctima.

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> 02/04/2012. Condenan al Ayuntamiento a indemnizar con 56.000 euros a una vecina por una caída en un parque infantil
> 19/3/2012. El Ayuntamiento indemniza con 2.000 euros por una caída a un vecino con un amplio historial de sanciones
> 29/2/2012. El Ayuntamiento responde que ande con cuidado a un vecino herido por una señal en mal estado
> 17/1/2012. Las lesiones por un bolardo cuestan 11.000 euros
> 15/12/2010. Barakaldo indemniza con 17.500 euros a una vecina que se cayó porque la acera estaba resbaladiza
> 22/11/2010. El juez condena al Ayuntamiento a pagar 18.000 euros a un vecino por la caída en una arqueta



Resolución de la junta local de Gobierno
Propuesta de aprobación, si procede, de franquicia a favor de MAPFRE EMPRESAS, para sufragar los daños sufridos por D. ALFONSO FL, como consecuencia de una caída ocurrida mientras transitaba por la calle Alberdi, 6.-

A la vista del escrito presentado por D. Alfonso FL solicitando indemnización por los daños personales sufridos en siniestro ocurrido el día 6 de diciembre de 2010 al sufrir una caída cuando transitaba por la calle Alberdi, nº 6 como consecuencia de la existencia en la acera de los restos de una varilla doblada que sobresalía del nivel del suelo, circunstancia ésta acreditada por los informes evacuados al respecto por la Policía Municipal y por el Servicio de Vialidad y por las declaraciones testificales prestadas por varios testigos presencia-les de los hechos, por lo que debemos considerar acreditada la existencia de responsabili-dad patrimonial municipal en los términos establecidos por el artículo 139 de la Ley 30/92; teniendo en cuenta que el importe de la indemnización, que asciende a la cantidad de 4.737,11 €, superior a la cuantía de la franquicia acordada con la Correduría aseguradora de la responsabilidad civil municipal, ha sido abonado al reclamante de forma íntegra por la Compañía aseguradora, por lo que en este momento procede a reintegrar a dicha Compañía el importe de la franquicia concertada con la misma, en concreto 2.000,00 €, en la fecha en que se produjo la reclamación, y que la resolución de este tipo de reclamaciones es compe-tencia de la Junta de Gobierno Local, de acuerdo con la delegación competencial efectuada por la Alcaldía mediante Decreto nº 05367 de fecha 1 de junio de 2011 en el punto 10 de su apartado primero, a propuesta de la Concejala Delegada del Area de Recursos Humanos y Seguridad Ciudadana; Economía, Hacienda, Patrimonio e Innovación Tecnológica, la Junta de Gobierno Local, previa deliberación, por UNANIMIDAD, ACUERDA:

PRIMERO.- Aprobar la franquicia por importe de 2.000,00 € a favor de MAPFRE EMPRESAS (N.I.F nº A 28725331).

SEGUNDO.- Dése traslado de este acuerdo a la Intervención Municipal y devuélvase el expediente al Servicio de Patrimonio.