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El Tribunal Superior anula el plan urbanístico de Sefanitro y obliga a recortar el 33% la edificabilidad


Los compradores de vivienda no se verán afectados • La sentencia obliga a reducir la edificabilidad en 92.452 metros cuadrados • El Ayuntamiento recurrirá el fallo judicial
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha declarado nulo el plan urbanístico aprobado por el Ayuntamiento de Barakaldo para la zona de Lutxana que acogía las instalaciones de la empresa química Sefanitro, en donde está programada la construcción de 2.000 viviendas, la mayoría de ellas libres y 700 de protección oficial. El fallo da la razón a las asociaciones vecinales que denunciaron que el consistorio había permitido a las constructoras edificar un 50% más de los previsto en el planeamiento, lo que equivalía a 92.452 metros cuadrados. Tanto los recurrentes como el consistorio, que recurrirá la sentencia, aseguran que no se verán perjudicadas las familias que han comprado los futuros pisos en esta zona. El equipo de Gobierno ha adelantado su voluntad de cambiar la norma urbanística para que las constructoras puedan ocupar todo el suelo.

Nota de prensa de los recurrentes
FRENO A LA ESPECULACIÓN URBANISTICA EN BARAKALDO

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco anula el PERI 06 DE Sefanitro (Lutxana – Barakaldo) y recorta sustancialmente la capacidad edificatoria en ese ámbito urbanístico.

Las asociaciones vecinales y ciudadanas de Barakaldo valoran la Sentencia y denuncian el intento de especulación urbanística propiciado por el Ayuntamiento de Barakaldo.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en Sentencia de 3 de marzo de 2009, dictada en el Recurso Contencioso-Administrativo 169/2009 ha declarado la “nulidad de pleno derecho del Plan Especial de Reforma Interior PERI 06 – SEFANITRO, exclusivamente en cuanto prevé una edificabilidad o aprovechamiento lucrativo total superior a 183.310 m2 construidos, en relación con el exceso de edificabilidad previsto como equipamiento privado o uso terciario”.

El recurso fue promovido por varias Asociaciones vecinales de Barakaldo en abril del 2007 y contenía varios motivos: incumplimiento de la legislación sobre contaminación de suelos y de evaluación de impacto ambiental, incumplimiento de las previsiones sobre Vivienda de Protección Oficial (VPO) y exceso de edificabilidad y aprovechamiento lucrativo en relación a las previsiones del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Barakaldo.

El Tribunal ha admitido este último motivo y anula el Plan, obligando al Ayuntamiento a elaborar un nuevo Plan que reduzca sustancialmente la capacidad edificatoria y la ajuste a lo previsto en el PGOU de Barakaldo

La valoración del movimiento ciudadano y las repercusiones

El movimiento ciudadano de Barakaldo, desde sus inicios apostó por el traslado de la fábrica química de SEFANITRO a otro lugar alejado de un núcleo urbano tan densamente poblado. La mayoría ciudadana y todos los partidos políticos presentes hoy en el Ayuntamiento (excepto AP-PP) se opusieron en su día a la construcción de una nueva planta de amoníaco de Sefanitro, en las mayores movilizaciones que ha habido nunca en Barakaldo.

Más tarde, ya en el poder municipal, apostaron por una nueva planta química de fabricación de ácido sulfúrico: RONTEALDE, que prometieron iba a ser un ejemplo de modernidad y respeto al medio ambiente.

Ambas plantas (Sefanitro y Rontealde) han sido la causa de grandes daños a la salud pública y el medio ambiente de Barakaldo y sus barrios. Contaminación química continuada con índices altísimos de enfermedades bronco-pulmonares y otras, generación de residuos tóxicos y peligrosos, alarmas ciudadanas y escapes que provocaron intoxicaciones y fallecimiento directo de ciudadanos (Rontealde, 1986 y 1988),…

Pero sólo cuando ha interesado económicamente a ambas empresas se ha procedido a su cierre, todavía parcial pues Rontealde sigue en funcionamiento. No se ha hecho, como dijo el gobierno municipal del PSOE por “motivos medioambientales y por imposibilidad de ajustarse a la nueva normativa europea”, pues de hecho a Rontealde se le concedió el pasado año la Autorización Ambiental Integrada.

Se ha hecho cuando la especulación urbanística estaba en su mayor esplendor y para intentar realizar uno de los mayores “pelotazos urbanísticos” de Euskal Herria. Y si era poco “pelotazo” la transformación en suelos residenciales y los 183.000 m2 de aprovechamiento lucrativo que preveía el PGOU de Barakaldo, el PSOE-PP por “arte de birlibirloque” los aumenta en un 50% y los transforma en 274.000 m2., que se regalan a los constructores-especuladores. Todavía estamos preguntándonos ¿por qué? y ¿a cambio de qué?, pues no creemos que los técnicos municipales y del PSOE no sepan sumar y multiplicar. Seguiremos investigándolo.

La Sentencia ha puesto de manifiesto el “truco municipal” y ha dejado las cosas en su sitio y el Ayuntamiento estará obligado a redimensionar la capacidad edificatoria y ajustarla a sus propias previsiones del PGOU. Y alguien habrá perdido un buen bocado especulativo por el camino.

En cuanto a otras consecuencias de la Sentencia, estimamos que no afecta a la previsión de construcción residencial, por los que las 2.000 viviendas previstas (1.300 libre y 700 de VPO en régimen cooperativo) no deberían verse afectadas.

Lamentamos que en la Sentencia se hayan obviado algunas reclamaciones ambientales relacionadas con el incumplimiento por el PERI de la legislación de contaminación de suelos y de evaluación de impacto ambiental. Pero recordamos que ahora sí, en el nuevo PERI, el Ayuntamiento y los promotores estarán obligados a tenerlo en cuenta. Y que también deberá observarse esta legislación en las operaciones concretas de desarrollo ejecutivo del PERI.

Esta necesaria descontaminación de suelos y la propia reducción del bocado especulativo tendrá que ser costeada por alguien que verá notablemente disminuidos sus beneficios: ¿Villar Mir, Iurbentia, Caixa, BBK… o también l@s vecin@s compradores?. Esperamos respuesta.

También nos preocupa que la sentencia no acceda a proteger una parte de los edificios emblemáticos de la zona y, una vez más, quede desamparado y desaparezca todo el patrimonio industrial, nuestra memoria arquitectónica del siglo XX.

El movimiento ciudadano siempre ha estado al lado del vecindario, en sus realojos: Rontegi, El Carmen, Beurko… ; en la defensa del medio ambiente y de un urbanismo humano y una ciudad habitable, en la defensa del derecho a la salud frente al lindane, a Sefanitro y Rontealde, a CEPSA, a Bilbaína de Alquitranes,. No siempre hemos tenido motivos de alegría. Hoy tenemos uno importante, pero vamos a estar encima no sea que el Ayuntamiento una vez más trate de “aguarnos la fiesta”.

ASOCIACIONES DE VECINOS/AS “MENDI-ALDE” DE RONTEGI, “BILTZARREA” DE EL CARMEN, “IBARRETA-ZULOKO “DE ARTEAGABEITIA/ZUAZO y “VILLAMOR” DE LUTXANA.
ASOCIACION ECOLOGISTA “EZPITSUA”… y otros representantes del movimiento ciudadano de Barakaldo.

Barakaldo a 27 de marzo de 2009


Nota de prensa de Alcaldía
El Tribunal Superior de Justicia anula parcialmente el PERI 06 SEFANITRO
La propia sentencia abre la vía para mantener el proyecto sin cambios

La Sala de lo Contencioso-administrativo ha dictado sentencia anulando parcialmente el PERI 06 Sefanitro. Este recurso promovido por un colectivo vecinal, planteaba las siguientes cuestiones:

1.- la necesidad de tramitar la declaración de suelo contaminado.

2.- la evaluación previa del impacto ambiental.

3.- que la actuación vulneraba la normativa de VPO.

4.- el exceso de edificabilidad.

Las tres primeras cuestiones han sido rechazas por la Sala siendo el único motivo de anulación el que la Sala entiende que el PGOU contiene una contradicción y la resuelve optando por la alternativa mas restrictiva y en consecuencia, anula la posibilidad de construcción de 92.452 metros cuadrados de equipamiento privado.

Los servicios técnicos municipales habían observado la contradicción y entendieron que procedía salvarla respetando el conjunto de determinaciones del Plan General. Los tribunales entienden que debe enmendarse la citada contradicción y que hasta que no se corrija el Plan General el PERI (Plan Especial de Reforma Interior) no puede incorporar la edificabilidad de los equipamientos privados.

La sentencia no contiene reproche a la ordenación del PERI y sugiere que el Ayuntamiento corrija la redacción del Plan General.

Tanto el citado Plan General como el PERI han sido aprobado con los votos favorables del PSE-EE (PSOE), EAJ-PNV y Partido Popular.

La sentencia no afecta al resto de determinaciones del PERI, por lo no se altera el calendario para la construcción de las viviendas de Protección Oficial y Libres. En estos momentos, ha empezado a elaborarse la Modificación Puntual del Plan General que subsane la contradicción que ha dado lugar a la anulación del PERI.

Por otro lado, el Ayuntamiento va a presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo con lo cual, la sentencia carecerá de firmeza hasta que el alto tribunal resuelva.

En Barakaldo, a 27 de marzo de 2009.